- Estimada Claudia:
Hemos estado recibiendo de manera muy persistente sus comentarios y quejas con relación al servicio Amnet Tigo en su hogar. De la misma manera en la que Usted ha estado dejando sus comentarios en el muro, Tigo HN ha enviado a usted solicitud de su información de cliente, para que la empresa directamente con usted pueda solucionar sus problemas, sin embargo hemos visto de su parte poco o nada de colaboración en brindarnos sus datos de contacto para poderle ayudar mejor.
En vista de su falta de interés en que se le brinde ayuda por este medio le pediremos que por última vez nos brinde su información personal y de cliente de Amnet Tigo para poderle poner en contacto directo con las personas que le puedan resolver sus problemas, de lo contrario será bloqueada de actividades en la página de fans de Tigo en Facebook bajo la condición de spamer.
Lamentamos tener que levantarle esta advertencia sin embargo vemos que sus constantes quejas no nos llevan a ningún lado al no haber colaboración de su parte.
Atentamente: TigohnMi respuesta a esa amenaza ha sido:Ya les he dado la información de mi cuenta, pero información personal no se las daré. Con identificar mi cuenta es suficiente para que ustedes resuelvan el problema. Además he contactado su servicio al cliente y tampoco de esa forma me brindan soluciones a mi problema. La última respuesta (ayer a las 9 pm. fue que no me quedaba otra más que esperar a que solucionaran el problema con la red digital, ¿Qué respuesta es esa?). Incluso han venido sus técnicos a revisar la instalación hace dos semanas y nada se resuelve.
Si Ustedes no quieren leer mis quejas, entonces den un servicio de tal calidad que no amerite que sus usuarios se quejen. Y si mi bloquean en facebook, usaré todos los medios que tengo a mis disposición para seguir haciendo públicas mis quejas, incluso presentar las denuncias correspondientes a la Fiscalía Especial del Consumidor, a quienes además les remitiré copia de este mensaje, pues con él ustedes me están coercionando, comportamiento que la Ley de Protección al Consumidor señala como abusiva. La misma denuncia será extensiva a la dirección de Protección al Consumidor del ministerio de Industria y comercio.
Mis quejas no les llevan a ningún lado, pues ustedes no tienen ninguna voluntad de dar un servicio de calidad. Un empresa de otro tipo lo que haría es tratar de desarrollar mi lealtad, y no coercionarme.
Atentamente,
Claudia Castro
"You have one dimension too many to accept this life." Bienvenidos al Blog de Claudia María Castro Valle
martes, 23 de agosto de 2011
Abusos cibernéticos de Tigo
Me he estado quejando continuamente por el servicio de cable que ofrece Tigo/Amnet, y en lugar de buscar soluciones a mi problema, me escriben un mensaje coercionador que dice:
sábado, 7 de mayo de 2011
Reclamo a Planmed
San Pedro Sula, 6 de abril de 2011
Señores
PLANMED
Presente
Por este medio, y en segunda ocasión, presento queja formal por el abuso que como consumidor he recibido por las prácticas abusivas de las que he sido objeto, a través de la aplicación de ciertas cláusulas contractuales que ustedes imponen a sus clientes, a pesar de ser estas contrarias a los derechos humanos del consumidor, y a las leyes vigentes del país.
El día de hoy a las 3 PM me apersoné en sus oficinas ubicadas en la Colonia Bográn, 9 calle N.E. # 201 de esta ciudad, a solicitar se me autorizaran ciertos exámenes de laboratorio y una resonancia magnética prescrito por el médico neurólogo, Dr. Nelson Chinchilla. La solicitud fue denegada alegando que se debían dos cuotas del servicio. Desconociendo yo esta situación, porque no soy yo quien asume el pago de este contrato, ofrecí cancelar las cuotas debidas para poder recibir el servicio solicitado, pero se me informó que aunque las cancelara, no podría hacer uso de los servicios porque el contrato prescribe una moratoria de dos meses en caso de haber retrasos por parte del consumidor del servicio.
Establece la Ley de Protección al Consumidor que la relación entre proveedor y consumidor, sin bien es cierto nace de la libertad de la oferta y la demanda, se caracteriza por su asimetría entre los actores intervinientes, siendo particularmente cierto en mi caso en la que yo soy paciente de una enfermedad degenerativa denominada Esclerosis Múltiple. Esa asimetría a quedado desvelada en mi caso, pues se me obligó a negociar condiciones injustas en dicho contrato de adhesión, que ahora impiden que yo pueda gozar de los beneficios en él establecidos, a pesar que señala el artículo 1 de la ley antes mencionada que estos derechos y garantías son de carácter irrenunciable, de interés social y de orden público, y que contra ellas “no podrá invocarse costumbres, usos, prácticas, acuerdos internos o estipulaciones en contrario”.
Estas prácticas son abusivas, pues como lo señala el artículo 68 de dicha ley en su numeral 2 indicando que queda prohibido negar la provisión de servicios al consumidor. Particularmente por que en la negatoria a mi solicitud se me violentó el derecho contenido en el artículo 9 numeral 8 que indica que tengo “el derecho de renegociar las cláusulas contractuales que hayan establecido obligaciones que, en razón de hechos sobrevinientes, le hagan excesivamente onerosas, pudiendo proponer en este caso la modificación del contrato”. Derecho que me fue absolutamente negado. Esta cláusula además, tal como lo señala el artículo 69 de esta ley, impone restricciones a mis derechos como consumidor, a pesar que ofrecí ponerme al día en la deuda existente, desnaturalizando las obligaciones que el proveedor tiene conmigo. Además contraviniendo lo que dice su numeral 4, esta aberrante cláusula le confiere a ustedes en su condición de proveedor el derecho exclusivo de interpretar el alcance y cumplimiento de la cláusula contractual y de la prestación solicitada.
Dichas cláusulas abusivas violentan el derecho que yo como consumidor detento, de acuerdo al artículo 9 numeral 1, que señala que son derechos esenciales de los consumidores: “la protección de la vida, salud o seguridad humana en la adquisición y uso de bienes y servicios”, pues al negarme la autorización de los exámenes prescritos por mi médico para dar seguimiento a mi grave condición y que yo no puedo pagar en su cabalidad, están atentando contra mi precaria salud. El numeral 2 de dicho artículo estable además que es mi derecho esencial la protección de mis intereses mediante un tato “equitativo y no discriminatorio o abusivo por parte de los proveedores de bienes o servicios”.
Además, en su accionar ustedes han violado las obligaciones que esta ley prescribe para los proveedores de bienes y servicios en tanto contrario a lo que establece el artículo 19 numeral 1, ustedes, a pesar de la propuesta que yo hiciera no me suministraron adecuadamente el servicio solicitad, irrespetando mi condición de salud. También hicieron caso omiso de la prohibición establecida en el artículo 20 numeral 16 de la ley en mención, cuando se han negado a autorizarme los exámenes solicitados por mi médico, contraviniendo mis derechos como consumidor.
Solicito entonces que: se me reciba el pago de lo debido, se me autoricen en el mismo acto los exámenes prescritos por el médico y se cancele la cláusula en mención del contrato suscrito entre nosotros por ser abusiva y atentatoria contra mis derechos.
Me permito reenviar copia de esta nota a la Dirección General de Protección al Consumidor. De recibir una respuesta negativa de su parte, procederé a formalizar denuncia contra ustedes en la misma dependencia, así como en las Fiscalías Especiales del Ministerio Público de Protección al Consumidor y de Protección a los Discapacitados.
Atentamente,
Claudia María Castro Valle
Convenio No. 624
Señores
PLANMED
Presente
Por este medio, y en segunda ocasión, presento queja formal por el abuso que como consumidor he recibido por las prácticas abusivas de las que he sido objeto, a través de la aplicación de ciertas cláusulas contractuales que ustedes imponen a sus clientes, a pesar de ser estas contrarias a los derechos humanos del consumidor, y a las leyes vigentes del país.
El día de hoy a las 3 PM me apersoné en sus oficinas ubicadas en la Colonia Bográn, 9 calle N.E. # 201 de esta ciudad, a solicitar se me autorizaran ciertos exámenes de laboratorio y una resonancia magnética prescrito por el médico neurólogo, Dr. Nelson Chinchilla. La solicitud fue denegada alegando que se debían dos cuotas del servicio. Desconociendo yo esta situación, porque no soy yo quien asume el pago de este contrato, ofrecí cancelar las cuotas debidas para poder recibir el servicio solicitado, pero se me informó que aunque las cancelara, no podría hacer uso de los servicios porque el contrato prescribe una moratoria de dos meses en caso de haber retrasos por parte del consumidor del servicio.
Establece la Ley de Protección al Consumidor que la relación entre proveedor y consumidor, sin bien es cierto nace de la libertad de la oferta y la demanda, se caracteriza por su asimetría entre los actores intervinientes, siendo particularmente cierto en mi caso en la que yo soy paciente de una enfermedad degenerativa denominada Esclerosis Múltiple. Esa asimetría a quedado desvelada en mi caso, pues se me obligó a negociar condiciones injustas en dicho contrato de adhesión, que ahora impiden que yo pueda gozar de los beneficios en él establecidos, a pesar que señala el artículo 1 de la ley antes mencionada que estos derechos y garantías son de carácter irrenunciable, de interés social y de orden público, y que contra ellas “no podrá invocarse costumbres, usos, prácticas, acuerdos internos o estipulaciones en contrario”.
Estas prácticas son abusivas, pues como lo señala el artículo 68 de dicha ley en su numeral 2 indicando que queda prohibido negar la provisión de servicios al consumidor. Particularmente por que en la negatoria a mi solicitud se me violentó el derecho contenido en el artículo 9 numeral 8 que indica que tengo “el derecho de renegociar las cláusulas contractuales que hayan establecido obligaciones que, en razón de hechos sobrevinientes, le hagan excesivamente onerosas, pudiendo proponer en este caso la modificación del contrato”. Derecho que me fue absolutamente negado. Esta cláusula además, tal como lo señala el artículo 69 de esta ley, impone restricciones a mis derechos como consumidor, a pesar que ofrecí ponerme al día en la deuda existente, desnaturalizando las obligaciones que el proveedor tiene conmigo. Además contraviniendo lo que dice su numeral 4, esta aberrante cláusula le confiere a ustedes en su condición de proveedor el derecho exclusivo de interpretar el alcance y cumplimiento de la cláusula contractual y de la prestación solicitada.
Dichas cláusulas abusivas violentan el derecho que yo como consumidor detento, de acuerdo al artículo 9 numeral 1, que señala que son derechos esenciales de los consumidores: “la protección de la vida, salud o seguridad humana en la adquisición y uso de bienes y servicios”, pues al negarme la autorización de los exámenes prescritos por mi médico para dar seguimiento a mi grave condición y que yo no puedo pagar en su cabalidad, están atentando contra mi precaria salud. El numeral 2 de dicho artículo estable además que es mi derecho esencial la protección de mis intereses mediante un tato “equitativo y no discriminatorio o abusivo por parte de los proveedores de bienes o servicios”.
Además, en su accionar ustedes han violado las obligaciones que esta ley prescribe para los proveedores de bienes y servicios en tanto contrario a lo que establece el artículo 19 numeral 1, ustedes, a pesar de la propuesta que yo hiciera no me suministraron adecuadamente el servicio solicitad, irrespetando mi condición de salud. También hicieron caso omiso de la prohibición establecida en el artículo 20 numeral 16 de la ley en mención, cuando se han negado a autorizarme los exámenes solicitados por mi médico, contraviniendo mis derechos como consumidor.
Solicito entonces que: se me reciba el pago de lo debido, se me autoricen en el mismo acto los exámenes prescritos por el médico y se cancele la cláusula en mención del contrato suscrito entre nosotros por ser abusiva y atentatoria contra mis derechos.
Me permito reenviar copia de esta nota a la Dirección General de Protección al Consumidor. De recibir una respuesta negativa de su parte, procederé a formalizar denuncia contra ustedes en la misma dependencia, así como en las Fiscalías Especiales del Ministerio Público de Protección al Consumidor y de Protección a los Discapacitados.
Atentamente,
Claudia María Castro Valle
Convenio No. 624
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